Modelo 349: Guía, instrucciones y preguntas frecuentes

El Modelo 349 es una declaración concreta que solo debe presentarse cuando se realizan determinadas operaciones. Aunque es un modelo sencillo, genera confusión porque va unido a las normas de IVA de la Unión Europea.


Índice de contendios

  1. ¿Qué es el modelo 349?
  2. ¿Para qué sirve el modelo 349 y cuál es el contenido?
  3. ¿Quién está obligado a presentar el modelo 349?
  4. Plazos de presentación del modelo 349: ¿Mensual o trimestral?
  5. Diferencias entre el Modelo 349 e Intrastat

Qué es el modelo 349

El modelo 349 obliga a declarar las compras o ventas que hagamos con proveedores o clientes establecidos en otros países de la Unión Europea. Se trata de una declaración informativa. Es decir, no debemos realizar ningún pago de impuestos conectado a la presentación de este modelo.

Este modelo existe en todos los países de la Unión Europea. En Francia se llama Déclaration d´echanges de Biens/ Services (DEB o DES), en Italia Intra1 o Intra2; en Irlanda VIES returns, en Reino Unido ECSL, etc. Es importante saber que los países de la UE cruzan datos declarados en el 349 de cada país. Cualquier descuadre en estos datos generará preguntas de la Agencia tributaria.

La finalidad de este modelo es comunicar a cada país las ventas o adquisiciones intracomunitarias de cada periodo. En concreto, se pretende reducir el fraude en estas operaciones (fraude de carrusel).

¿Para qué sirve el modelo 349 y cuál es su contenido?

El modelo 349 o declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias es una declaración de tipo informativo que recoge las operaciones de entregas y compras intracomuntarias en España (territorio de aplicación del impuesto). Esta declaración existe en todos los países de la UE, al menos respecto de las entregas intracomunitarias. No se espera una posición de pago de esta declaración, sin embargo, la información declarada resulta muy útil a las autoridades tributarias a fin de combatir el fraude fiscal intracomunitario, particularmente, el fraude carrusel.

En el Modelo 349 se declaran las compras y ventas intracomunitarias de bienes o servicios. También las operaciones triangulares. Para que esto se entienda más fácil, a continuación aportamos ejemplos de cada una de estas operaciones:

  • Ventas intracomunitarias de bienes (clave E): Se trata de ventas de productos (físicos) a empresarios establecidos en otro país de la UE. El cliente habrá aportado un NIF válido en su país de destino (compruébalo aquí) y los bienes se habrán transportado al país del cliente como parte de esta venta.

Ejemplo: La empresa Asientos SL vende una partida de asientos de automóvil a la empresa francesa Chaises Sarl. El transporte se realiza por Asientos SL en Vigo y se recibe por Chaises Sarl en Lyon. El cliente aporta un NIF francés válido.

  • Adquisiciones intracomunitarias de bienes (clave A): Incluye compras de productos vendidos por empresarios establecidos en otro país de la UE. Debemos estar dados de alta en el ROI (ver más abajo) y el transporte desde su país de origen a nuestra dirección se realiza como parte de la compra.

Ejemplo: La empresa Aluminios SLU compra materiales a un proveedor italiano establecido y registrado en Italia

  • Prestaciones intracomunitarias de servicios (clave S): Son ventas de servicios a clientes establecidos en otro país de la UE cuando han aportado un NIF válido en su país de establecimiento.

Ejemplo: Aureliano Buendía, trabajador autónomo de diseño gráfico, realiza un proyecto de diseño web para la empresa Stark Industries Ltd en Irlanda. El cliente aporta un NIF (VAT number) válido.

  • Adquisiciones intracomunitarias de servicios (clave I): Se trata de compras de servicios prestados por proveedores establecidos en otro país de la UE. Será necesario estar dado de alta en el ROI.

Ejemplo: La empresa Mostovoi SL solicita los servicios legales de un despacho de abogados polaco para la reclamación de deudas en ese país.

  • Ventas de bienes como intermediario en operaciones triangulares (clave T): Se trata de ventas realizadas por empresas que actúan como intermediarios en el régimen simplificado de operaciones triangulares. Es importante tener en cuenta que estas operaciones solo se declaran en el Modelo 349 (no entrarán en el 303).

Ejemplo: La empresa Giovanni Rana, en Italia, vende sus productos a Pastas Gallo, en España, quien a su vez los vende a Panzani, en Francia. Los productos son enviados por Giovanni Rana directamente desde Italia a Panzani, en Francia. La empresa Pastas Gallo declarará el valor de la venta en el Modelo 349 con clave T.

  • Transferencias, devoluciones o sustituciones de bienes realizadas en el marco del régimen de consigna (claves R, D y C, respectivamente): Se trata de movimientos de bienes en el régimen simplificado de ventas en consigna en otros países de la UE.

Ejemplo: La empresa Aceros SL mueve su stock a Polonia para almacenarlo más cerca de sus posibles clientes y opta por la simplificación para ventas en consigna (cumpliendo con los requisitos correspondientes) para evitar el registro a efectos de IVA en Polonia. La empresa Aceros SL declarará el valor de la mercancía con la clave de transferencia, devolución o sustitución según corresponda.

El Modelo 349 también prevé las claves M y H para declarar entregas intracomunitarias de bienes posteriores a una importación exenta. Se utilizará la clave M cuando se hagan en nombre propio y la clave H cuando se hagan mediante representante. Son operaciones menos comunes que las descritas más arriba.

Se excluyen de este modelo todos los proveedores y clientes de fuera de la UE. También se excluyen las ventas realizadas a particulares no registrados a efectos de IVA. Por ejemplo, no se incluirán las ventas online realizadas desde España a particulares en otros países de la UE. En el caso de vendedores de Amazon suscritos al programa Paneuropeo sí tendrán que presentar el Modelo 349 ya que realizan movimientos de stock entre países de la UE.

Por último, debemos aclarar que también se incluyen las operaciones asimiladas a entregas o adquisiciones intracomunitarias. Es el caso de los movimientos de stock entre dos países de la UE. Por ejemplo, una empresa de conservas transporta sus productos de Santoña a Lisboa para mantenerlos en un almacén cercano a sus clientes y así servir el producto con mayor rapidez. Ese transporte se debe declarar en el Modelo 349 con clave E (también en el Modelo 303, casilla 59).

Es importante aclarar que la calificación de una operación intracomunitaria puede albergar complicaciones debido a excepciones y particularidades en las normas de IVA. Deben ponerse en contacto con nosotros para aclarar si están obligados a presentar este impuesto.

¿Quién está obligado a presentar el modelo 349?

Están obligados a la presentación de este Modelo los empresarios o profesionales que realicen las actividades descritas en el apartado anterior. No hay umbrales de exención. Es decir, una única operación de estas características ya obliga a la presentación del Modelo 349.

No estarán obligados a la presentación del 349 los empresarios que vendan exclusivamente a clientes particulares. Este es el caso de vendedores online que vendan a clientes particulares no registrados a efectos de IVA en otros países de la UE.

El Modelo 349 y el Registro de Operadores Intracomunitarias (ROI) son dos obligaciones vinculadas entre sí. Una empresa debe darse de alta en el ROI cuando realiza operaciones intracomunitarias y son estas operaciones las que también obligan a la presentación del Modelo 349.

Para darse de alta en el ROI será necesario la presentación del Modelo 036, rellenando la página 5 de este Modelo. A menudo, la Agencia Tributaria iniciará un procedimiento de comprobación al que se debe responder mediante un escrito donde se aporte la información y documentación necesaria para argumentar la necesidad de estar inscrito en este registro.

Una vez aprobada la inscripción en el ROI, la empresa figurará en la base de datos VIES de la Comisión Europea. Puedes comprobar cualquier número de IVA (también varios números a la vez) desde nuestra herramienta de comprobación VIES en masa.

Recomendamos iniciar el proceso de solicitud de inscripción en el ROI con antelación para evitar retrasos en la actividad de la empresa debidos a las preguntas de la Agencia Tributaria. En Marosa estaremos encantados de ayudarte con esta gestión.

Plazos de Presentación del Modelo 349: ¿Mensual o trimestral?

Con carácter general, el Modelo 349 se presenta mensualmente antes del día 20 del mes siguiente. Si el día 20 cae en fin de semana o festivo, la fecha límite se prorroga al día siguiente hábil.

También se permitirá la presentación trimestral o bi-mensual cuando concurran las siguientes circunstancias:

  • Mensual
    Norma General
  • Trimestral
    El importe total de las entregas intracomunitarias no excede de 50,000 € por trimestre en ningún de los cuatro trimestres anteriores.
  • Bi-mensual (declaración truncada)
    El umbral de 50,000€ se ha excedido en el segundo mes del trimestre en curso.

¿Cómo se presenta el modelo 349?

Se trata de un modelo fácil de rellenar. Tan solo debes incluir los datos de identificación del contribuyente y los datos de cada tipo de operación con cada cliente o proveedor añadiendo la clave correspondiente.

Es posible sumar todos los importes de ventas o compras de un mismo cliente o proveedor. Es decir, no hace falta añadir una línea para cada compra o venta intracomunitaria. Se podrá declarar el total de operaciones realizadas con el mismo cliente o proveedor siempre que la clave de operación sea la misma. Por regla general, será necesario que el declarante utilice un certificado digital para la presentación telemática por Internet.

Estas son las principales secciones del modelo 349:

  • Declarante: Se incluirán los datos identificativos del declarante.
  • Ejercicio y periodo: Se seleccionará el ejercicio impositivo, es decir, el año natural, así como el particular periodo al que se refiera la declaración. En el caso de declaración mensual, el mes se indicará con dos dígitos (por ejemplo, enero = 01), en el caso de declaración trimestral, se indicará el número de trimestre con los códigos 1T, 2T, 3T o 4T. Si la declaración corresponde a operaciones realizadas durante dos meses naturales debido a un cambio de periodicidad de trimestral a mensual, se indicará el segundo mes del trimestre al que pertenecen dichos meses y se deberá consignar una "X" en la casilla de "Declaración mensual con operaciones correspondientes a los dos primeros meses del trimestre".
  • Resumen de la declaración: Esta sección constará del resumen de los datos introducidos, particularmente, el número total de operadores intracomunitarios, el importe de las operaciones intracomunitarias, el número de operadores intracomunitarios con rectificaciones, y el importe de las rectificaciones. 
  • Fecha y firma.

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Diferencias entre Intrastat y el Modelo 349 e Intrastat

Existen similitudes y algunas diferencias entre el Modelo 349 e Intrastat:

Tanto el Modelo 349 como el Intrastat declaran operaciones intracomunitarias, pero el 349 incluye bienes, servicios y operaciones triangulares, mientras que el Intrastat solo incluye bienes.

  • El Modelo 349 es una declaración fiscal, el Intrastat es una declaración estadística.
  • El 349 requiere datos generales sobre la venta o compra intracomunitaria. El Intrastat requiere datos logísticos como la masa, medio de transporte, código CN y demás información detallada.
  • El plazo de presentación del 349 es el día 20 del mes siguiente. El Intrastat se debe presentar el día 12 del mes siguiente.
  • El modelo 349 puede presentarse de forma mensual, bi-mensual, trimestral o anual. Las declaraciones Intrastat son siempre mensuales.
  • Los vendedores online que solo venden a particulares en otros países no deben presentar el Modelo 349, pero sí deben presentar la declaración Intrastat.

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