Registro de OSS en la UE

Cómo solicitar un registro de OSS en la UE
Puede registrarse en el OSS electrónicamente enviando un formulario de solicitud a las autoridades fiscales de su país de registro del OSS. Cada Estado miembro evaluará las condiciones que deben cumplirse y aprobará el registro del OSS presentado en su jurisdicción.
Si se registra para utilizar el régimen no perteneciente a la Unión o el régimen de importación, recibirá un número de identificación a efectos del IVA individual del Estado miembro de identificación. Si se inscribe en el régimen de la Unión, no se le asignará ningún número de identificación individual a efectos del IVA. Debe utilizar su número de IVA local habitual.
¿En qué país debe registrarse en OSS?
El país de registro depende del país de establecimiento de la empresa que se registra en OSS:
- Las empresas de la UE deben registrarse en OSS en su país de establecimiento
- Las empresas no pertenecientes a la UE pueden elegir en qué país de la UE se registran en OSS. Si una empresa no perteneciente a la UE utiliza el sistema de la Unión, debe registrarse en el país desde el que se despachan las mercancías (o en uno de ellos si las mercancías se envían desde más de un país). Además, si la empresa no perteneciente a la UE utiliza el OSS de importación, se debe designar un intermediario.
Umbral en la normativa europea OSS para el comercio electrónico
Si sus ventas a distancia de productos no superan los 10 000€ en un año determinado, no es necesario que se registre en el programa OSS. Podrás seguir cobrando el IVA con el tipo de IVA habitual de tu país de establecimiento.
Este umbral solo se aplica a las empresas establecidas en la UE. Se calcula sumando el importe total de las ventas intracomunitarias a distancia de bienes y el importe total de los servicios B2C. Por lo tanto, no debe considerar las ventas locales, las exportaciones u otros ingresos dentro de este umbral.
Encontrará más información sobre este umbral en sección anterior de este manual.




